Papeles del Coche es una web privada y no oficial. Esta guía es informativa. El cambio de titularidad se hace en la sede electrónica de la DGT o en una Jefatura de Tráfico. Nosotros no hacemos trámites.
Respuesta rápida. Cambiar un coche de nombre (la «transferencia») lo hace el comprador en la DGT en un máximo de 30 días desde el contrato. Antes tiene que pagar el ITP en su comunidad (modelo 620 o 621), salvo que compre a una empresa con factura. Después presenta la solicitud por internet (con Cl@ve, certificado o DNI electrónico) o en una Jefatura con cita previa, con el contrato, el justificante del ITP y la tasa de 55,70 € (27,85 € si es un ciclomotor). El coche tiene que estar de alta, sin multas ni impuesto de circulación pendientes y sin reserva de dominio.
Fuentes oficiales y fecha de revisión. Sede de la DGT: transferencias de vehículos (requisitos, documentación, canales y supuestos especiales) y asistente de transferencias · Reglamento General de Vehículos, art. 32 · Ley 16/1979 de tasas de Tráfico. Datos comprobados el 23/10/2026. Revisado el 23/10/2026. Próxima revisión: enero de 2027.
Los pasos, en orden
- Comprueba que se puede transferir con el informe reducido de la DGT, que es gratis. Explicamos cómo leerlo en informe de un vehículo de la DGT.
- Firmad el contrato los dos, en todas sus hojas, con la hora exacta de entrega. La DGT tiene un modelo de contrato (PDF). Quédate con una copia del DNI, NIE o tarjeta de residencia del vendedor.
- El vendedor hace la notificación de venta (8,67 €), para dejar de responder de las multas. Lo explicamos en vendí mi coche y me llegan multas.
- Paga el ITP en la hacienda de la comunidad donde vives (modelo 620 o 621). Si lo haces por internet, guarda el Código Electrónico de Transferencia (CET). Tipos y plazos en la guía del ITP.
- Pide el cambio de titular en la DGT, por internet o en persona, con la tasa de 55,70 €.
- Recibe el nuevo permiso de circulación. Solo vale si el coche tiene la ITV en vigor.
Requisitos: cuándo se puede transferir
Según la DGT, el vehículo tiene que:
- Estar de alta. Si está de baja temporal, el vendedor tiene que darlo de alta antes.
- Tener pagado el impuesto de circulación del año anterior.
- Tener pagadas las multas por infracciones del vehículo.
- Estar libre de reserva de dominio, salvo que la financiera lo consienta o el comprador se subrogue.
- Estar libre de embargos y precintos, o que el comprador firme un documento diciendo que los conoce.
Qué hacer si tiene alguna carga, en reserva de dominio, embargo o precinto.
Por internet
La DGT recomienda empezar por su asistente de transferencias: te pregunta quién compra y quién vende (particular, empresa, compraventa) y si hay algún caso especial, y al final te lleva al trámite correcto. Necesitas certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
- Tus datos: revisa tus datos y rellena el contacto y el domicilio para notificaciones.
- «Solicitud»: matrícula, NIF o NIE del vendedor y del comprador, y domicilio fiscal completo del vehículo. Si aparece un desplegable de oficinas, elige tu provincia (o «Otras provincias»). Si no tienes que pagar ITP, marca la casilla en la que lo declaras.
- Tasa: págala en el mismo formulario o escribe el número de la que ya pagaste (12 cifras, en la última página del justificante).
- «Documentos a adjuntar»: sube escaneados el contrato firmado en todas sus hojas (o la factura) y el justificante del ITP (o de su exención). Que se lean bien: si no, no pueden atender la solicitud.
- Registra la solicitud y guarda el justificante. No es automático: la DGT la tramita lo antes que puede y te avisa por email. Si falta algo, te escribe para que lo subsanes: mira también la carpeta de spam.
Si no tienes Cl@ve, mira cómo hacer los trámites de la DGT sin Cl@ve.
En persona
Pide cita previa (gratis) por internet o en el 060 y lleva:
- La solicitud oficial de cambio de titularidad, firmada por comprador y vendedor. Si va firmada por los dos, no hace falta el contrato.
- Si no, el contrato firmado en todas sus hojas (o la factura si vende una empresa).
- El documento de identidad del comprador (DNI, permiso de conducir español, tarjeta de residencia, o pasaporte con NIE).
- El justificante de la tasa, o la pagas allí con tarjeta, nunca en efectivo.
- El modelo 620 o 621 con su justificante de pago o exención, o la factura si vende un empresario.
Si va otra persona por ti, necesita tu autorización en el Registro de apoderamientos de la DGT o el modelo de otorgamiento de representación firmado. La atención en oficinas es solo para particulares: las empresas lo hacen por internet.
Cuánto cuesta
| Concepto | Cuánto en 2026 |
|---|---|
| Tasa de transferencia (1.5) | 55,70 € |
| Tasa de transferencia de un ciclomotor (1.2) | 27,85 € |
| ITP, si vende un particular | De 0 € al 8 %, según tu comunidad |
Calcula el total con tu coche en cuánto cuesta la transferencia de un coche.
Casos especiales
La DGT los explica uno por uno en su página de transferencias:
- Donación: 30 días desde que firmáis el documento de donación, que tiene que decir que es una donación. En lugar del ITP pagas el Impuesto de Sucesiones y Donaciones de tu comunidad. La tasa es la misma.
- Separación o divorcio: 30 días desde la sentencia o el acuerdo, con el convenio regulador y su resolución judicial o el documento notarial del acuerdo. Misma tasa.
- Fallecimiento del titular, con heredero designado: el heredero tiene 90 días desde el documento que lo designa, con el justificante del Impuesto de Sucesiones y Donaciones en la comunidad del fallecido.
- Fallecimiento sin heredero definitivo: quien lo custodia lo comunica a Tráfico antes de 90 días desde la defunción, con el certificado de defunción, y recibe una autorización provisional para circular. Tasa 4.1, de 8,67 €.
- Entrega a un compraventa: solo cuando se lo dejas para que lo venda a otro. El coche pasa a baja temporal. Tasa 4.1, de 8,67 €.
- Vehículos con cambios técnicos o de servicio que no constan en el registro: antes de la solicitud, hay que pasar por una estación ITV.
Preguntas frecuentes
¿Quién tiene que hacer la transferencia?
El comprador, en 30 días desde el contrato. El vendedor hace la notificación de venta para dejar de ser responsable de las multas.
¿Qué pasa si no la hago en 30 días?
Incumples el plazo del art. 32 del Reglamento General de Vehículos, y mientras tanto el coche sigue a nombre del vendedor. Hazla cuanto antes; el ITP tiene además su propio plazo en tu comunidad.
¿Se puede transferir un coche con la ITV caducada?
La DGT dice que el nuevo permiso de circulación solo vale si tiene la ITV en vigor. Y con la ITV caducada no se puede circular. Lo explicamos en ITV caducada.
¿Necesito una gestoría?
No es obligatoria: el trámite lo puedes hacer tú por internet o en persona. Si contratas una, pagas sus honorarios además de la tasa y el ITP.
Esta guía es informativa. La transferencia se hace en la sede electrónica de la DGT o en una Jefatura de Tráfico, y el ITP en la hacienda de tu comunidad. Nosotros no hacemos trámites.
¿Ves un error? Escríbenos desde contacto. Los cambios quedan en el registro de cambios.
Escrito por: Hicham El Mattouchi, que se sacó el carnet en 2022 y ha pasado la ITV más de 40 veces con distintos coches (quiénes somos). Revisado el 23/10/2026 (metodología y fuentes).
Información orientativa: no es asesoramiento legal ni fiscal. Papeles del Coche es una web informativa privada y no está vinculada a la DGT ni a ninguna administración.